5/11/2013

Resolución Ministerial 0494/RE-2013

RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0494/RE-2013 Lima, 8 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, desde la creación del Foro América del Sur -África (ASA), el Perú ha mostrado una activa participación en la I, II y III Cumbre ASA, celebradas en la ciudad de Abuja, República Federal de Nigeria (2006); en la Isla de Nueva Esparta, República Bolivariana de Venezuela (2009), y en la ciudad de Malabo, República de Guinea Ecuatorial (2013); Que, es uno de los objetivos específicos

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0494/RE-2013


Lima, 8 de mayo de 2013
CONSIDERANDO:

Que, desde la creación del Foro América del Sur -África (ASA), el Perú ha mostrado una activa participación en la I, II y III Cumbre ASA, celebradas en la ciudad de Abuja, República Federal de Nigeria (2006); en la Isla de Nueva Esparta, República Bolivariana de Venezuela (2009), y en la ciudad de Malabo, República de Guinea Ecuatorial (2013);

Que, es uno de los objetivos específicos de la Política Exterior del Perú, la promoción de los intereses nacionales en el contexto internacional, por lo que es conveniente consolidar la participación peruana, a todo nivel, en marco de la Reunión del Grupo de Trabajo sobre Financiamiento ASA, a llevarse a cabo en la Isla de Margarita, Estado de Nueva Esparta, República Bolivariana de Venezuela, como mecanismo de diálogo orientado al fortalecimiento birregional en los escenarios político, económico y cultural;

Que, en el actual contexto internacional, el continente africano configura una oportunidad de acceso a nuevos mercados para productos de exportación; captación de inversión extranjera directa; así como el ofrecimiento y recepción de cooperación técnica para el desarrollo, con la finalidad de cumplir con los objetivos de desarrollo nacional e inclusión social;

Que, mediante Mensaje N° L-Caracas20130323, la Embajada del Perú en la República Bolivariana de Venezuela ha informado que la I Reunión del Grupo de Trabajo sobre Financiamiento ASA, ha sido reprogramada del 20 al 21 de mayo de 2013, en la Isla de Margarita, Estado de Nueva Esparta, República Bolivariana de Venezuela;

Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N° 2481, del Despacho Viceministerial, de 2 de mayo de 2013; y los Memoranda (DAM) N° DAM0242/2013, de la Dirección General de África, Medio Oriente y Países del Golfo, de 2 de mayo de 2013, y (OPR) N° OPR0235/2013, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 3 de mayo de 2013, que otorga certificación de crédito presupuestario para el presente viaje;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002/PCM; la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Manuel Santiago Marcovich Monasi,
Director General de África, Medio Oriente y Países del Golfo, a la Isla Margarita, Estado de Nueva Esparta,
República Bolivariana de Venezuela, del 20 al 21 de mayo de 2013, para que participe en la Reunión de Grupo de Trabajo sobre Financiamiento ASA.

Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores,
Meta 0082624: Acciones de Política Exterior en África, Medio Oriente y Países del Golfo, debiendo presentar rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos Pasaje Aéreo Clase Económica US$
Viáticos por día US$
Número de días Total viáticos US$
Luis Manuel Santiago Marcovich Monasi 1,880.00 200.00 2 + 1 600.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en su participación en la referida reunión.

Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO
Ministro de Relaciones Exteriores

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