5/09/2013

Resolución Suprema 117-2013-RE

RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 117-2013-RE Lima, 8 de mayo de 2013 VISTO: El Oficio N° 737-2013-MTPE/4 de fecha 20 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota anual de afiliación correspondiente al año 2013, a la Asociación Mundial de los Servicios Públicos de Empleo (AMSPE); y, CONSIDERANDO: Que,

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 117-2013-RE


Lima, 8 de mayo de 2013
VISTO:

El Oficio N° 737-2013-MTPE/4 de fecha 20 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota anual de afiliación correspondiente al año 2013, a la Asociación Mundial de los Servicios Públicos de Empleo (AMSPE); y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 67.3 del artículo 67° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno Peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro;

Que, la Asociación Mundial de Servicios Públicos de Empleo (AMSPE) es un organismo internacional sin fines de lucro de carácter técnico que tiene como finalidad promover el intercambio de información y conocimientos sobre los servicios públicos de empleo, el mercado laboral y las políticas de empleo, entre las diversas organizaciones y entidades que la conforman en calidad de miembros;

Que, siendo el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, miembro oficial de la Asociación Mundial de los Servicios Públicos de Empleo (AMSPE), le corresponde efectuar el pago de la cuota anual de afiliación correspondiente al año 2013;

Que, el cumplimiento del pago de las cuotas a los organismos internacionales permite potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecienta el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota anual de afiliación correspondiente al año 2013, a la Asociación Mundial de los Servicios Públicos de Empleo (AMSPE), con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

De conformidad con lo establecido en el artículo 67°, numeral 67.3, de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, y;

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago de €
3,000.00 (TRES MIL Y 00/100 EUROS) a la Asociación Mundial de los Servicios Públicos de Empleo (AMSPE), correspondiente a la cuota de afiliación del año 2013.

Artículo 2°.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo 3°.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores

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