5/09/2013

Resolución Suprema 121-2013-RE Dan término al nombramiento de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario

Dan término al nombramiento de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Bolivariana de Venezuela RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN SUPREMA N° 121-2013-RE Lima, 8 de mayo de 2013 VISTAS: La Resolución Suprema N° 381-2011-RE, que nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Bolivariana de Venezuela, al señor Luis Enrique Martín Raygada Souza-Ferreira; La Resolución Ministerial N° 1002-2011-RE, que fijó el 7 de noviembre de
Dan término al nombramiento de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Bolivariana de Venezuela

RELACIONES EXTERIORES
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 121-2013-RE


Lima, 8 de mayo de 2013
VISTAS:

La Resolución Suprema N° 381-2011-RE, que nombró
Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Bolivariana de Venezuela, al señor Luis Enrique Martín Raygada Souza-Ferreira;

La Resolución Ministerial N° 1002-2011-RE, que fijó el 7 de noviembre de 2011, como la fecha de inicio de funciones del señor Luis Enrique Martín Raygada Souza-Ferreira, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Bolivariana de Venezuela; y La carta de renuncia sin número, de fecha 8 de mayo de 2013, con la cual el señor Luis Enrique Martín Raygada Souza-Ferreira presentó su renuncia irrevocable al cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Bolivariana de Venezuela;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, la Ley N° 28175,
Ley Marco del Empleo Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar término al nombramiento del señor Luis Enrique Martín Raygada Souza-Ferreira, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Bolivariana de Venezuela, a partir de la fecha.

Artículo 2°.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes.

Artículo 3°.- Darle las gracias por los servicios prestados a la Nación en el desempeño de sus funciones.

Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 5°.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores

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