5/11/2013

Resolución Viceministerial 215-2013-MTC/03 Declaran aprobada renovación de autorización otorgada a Scala Telecomunicaciones

Declaran aprobada renovación de autorización otorgada a Scala Telecomunicaciones EIRL para que continúe prestando servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en localidad del departamento de Madre de Dios TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 215-2013-MTC/03 Lima, 24 de abril del 2013 VISTA, la Solicitud de Registro N° 2005-013807 del 30 de junio de 2005, presentada por la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES EIRL, sobre renovación de autorización de una estación del servicio
Declaran aprobada renovación de autorización otorgada a Scala Telecomunicaciones EIRL para que continúe prestando servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en localidad del departamento de Madre de Dios

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 215-2013-MTC/03


Lima, 24 de abril del 2013
VISTA, la Solicitud de Registro N° 2005-013807 del 30 de junio de 2005, presentada por la empresa SCALA
TELECOMUNICACIONES EIRL, sobre renovación de autorización de una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de T ambopata, departamento de Madre de Dios;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 248-95-MTC/15.17 del 30 de junio de 1995, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 03 de julio de 1995, se autorizó a la empresa RADIO CUSCO SRL por el plazo de diez (10) años, que incluyó un período de instalación y prueba por un plazo de doce (12) meses improrrogables, para operar una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Puerto Maldonado, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios, con vigencia hasta el 04 de julio de 2005;

Que, con Resolución Viceministerial N° 100-2000-MTC/15.03 del 10 de marzo de 2000, se aprobó a favor de la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES EIRL la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Ministerial N° 248-95-MTC/15.17;

Que, con solicitud de registro N° 2005-013807 del 30 de junio de 2005, la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES EIRL solicitó la renovación de autorización de la estación radiodifusora autorizada con Resolución Ministerial N° 248-95-MTC/15.17;

Que, el artículo 15° de la Ley de Radio y Televisión
– Ley N° 28278, concordado con los artículos 21° y 67° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que el plazo máximo de vigencia de una autorización es de diez (10) años, renovable por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos;

Que, los artículos 67 y 68 del Reglamento de la Ley de Radio y T elevisión, disponen que la renovación es automática por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley, asimismo, establecen que la solicitud puede presentarse hasta el día de vencimiento de plazo de vigencia de la respectiva autorización;

Que, los artículos 69°, 70° y 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establecen las condiciones y requisitos aplicables a los procedimientos de renovación de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión;

Que, el numeral 3) del artículo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que el plazo para resolver la renovación es de ciento veinte (120) días, contados a partir de la fecha en que se tenga por admitida la solicitud;

Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 644-2007-MTC/01, que modificó el T exto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se modificó la calificación del procedimiento de renovación de autorización, de silencio administrativo negativo a silencio administrativo positivo;
norma que establece en su artículo 4 que los procedimientos de evaluación previa, cuya calificación de silencio administrativo se modifique, se regirán como tal a partir de la entrada en vigencia de la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, es decir el 04 de enero de 2008;

Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, modificada con Decreto Legislativo N° 1029, señala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automáticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o máximo, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso;

Que, de acuerdo a las normas citadas, la solicitud de renovación de autorización presentada con Escrito de Registro N° 2005-013807, quedó aprobada al 04 de enero de 2008, en aplicación del silencio administrativo positivo, al haber transcurrido el plazo sin que la administración emita el pronunciamiento expreso correspondiente;

Que, según el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias en la banda de Frecuencia Modulada (FM) para las localidades correspondientes al departamento de Madre de Dios, aprobado con Resolución Viceministerial N° 095-2004-MTC/03 y sus modificatorias, se observa que dentro de la localidad denominada Puerto Maldonado, se incluye al distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios;

Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe N° 2570-2012-MTC/28, opina que, en virtud al silencio administrativo positivo, al 04 de enero de 2008, quedó aprobada la solicitud de renovación de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 248-95-MTC/15.17 de titularidad de la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES EIRL, considerando que debe expedirse la respectiva resolución aprobando la renovación de la referida autorización;

De conformidad con la Ley del Silencio Administrativo
– Ley N° 29060, la Ley de Radio y Televisión – Ley N° 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial N° 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC modificado por Decreto Supremo N° 038-2006-MTC y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar aprobada al 04 de enero de 2008, en virtud del silencio administrativo positivo, la renovación de la autorización otorgada por Resolución Ministerial N° 248-95-MTC/15.17, a la empresa SCALA TELECOMUNICACIONES EIRL, para que continúe prestando el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Puerto Maldonado, departamento de Madre de Dios.

Artículo 2°.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolución Ministerial N° 248-95-MTC/15.17, en consecuencia, vencerá el 04 de julio de 2015.

Artículo 3°.- Dentro de los sesenta (60) días de notificada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de autorización y haber pagado el canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71° del Reglamento de la Ley de Radio y T elevisión.

Artículo 4°.- La titular de la autorización renovada está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fijados.

Artículo 5°.- La titular de la autorización renovada deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC.

Artículo 6°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO
Viceministro de Comunicaciones

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